viernes, mayo 30, 2008

TEORIAS DE “MISTER NO”




Todo para el pueblo pero sin el pueblo, la gran excusa del depotismo ilustrado, el sistema que tras su crisis provoco la Revolución Francesa.

Tal vez toca esperar y ver como el pueblo vasco se revela contra las teorías de Mister NO y mediante una revolución pacifica le arranca su derecho a decidir y a ejercer la democracia directa, esa democracia que como decía Fraga
“Entiendo que el tema de la democracia semidirecta y directa es un tema capital en el equilibrio de la verdadera democracia. Pertenezco a un partido populista que no acepta el desprecio a la plebe, que implica el desprecio de los plebiscitos”.
Mister NO, si desprecia a la plebe y se esconde tras su democracia indirecta, para quitar la palabra al pueblo, en concreto al Pueblo Vasco
“Si los ciudadanos deciden una cosa, eso es Ley”, lo afirma Mister NO, pero lo teme, pues se podrían abrir caminos a violaciones del orden constitucional.
Ante ese “Orden constitucional” que tanto le preocupa, nos gustaría conocer que piensa sobre convertir al ejercito en el garante de la unidad de España, Tal vez escribió algo sobre esto en su juventud.


Mister NO, el del talante, nos enteramos ahora que también es el del NO a dar al pueblo la palabra.

El confidencial nos devela a Zapatero, el demócrata de toda la vida, como el demócrata indirecto


El trabajo se titula El Referéndum Consultivo del Artículo 92 de la Constitución Española de 1978: Un Análisis Crítico, y en él el presidente del Gobierno arremete contra a redacción del citado artículo, que, en su opinión, no sirve para acercar a los ciudadanos ‘al ideal democrático”. Zapatero habla de que la apelatio ad populum (la apelación al pueblo) puede llegar a convertirse en “un arma peligrosa”, toda vez que puede degenerar en un plebiscito. Y lo que es todavía peor. Zapatero critica que la Constitución hable de referéndum consultivo, lo que es radicalmente contrario al ejercicio de la soberanía popular. Si los ciudadanos deciden una cosa, eso es Ley, viene a decir el presidente del Gobierno, de ahí que sobre el apelativo de ‘consultivo’.
En su escrito, Zapatero parte de un hecho. “En la fase actual del Estado constitucional democrático, en la que reina el imperio de la democracia indirecta, fundamentalmente a través del papel mediador de los partidos políticos, existe una tendencia, tanto en los textos constitucionales como en la praxis política, a acoger con muchas reservas las instituciones de democracia semidirecta”.
Zapatero recuerda en su artículo que durante los debates constitucionales, existía una posición más restrictiva en el uso de referendos apoyada por los grupos socialista y centrista. Frente a ellos, asegura el presidente del Gobierno, “el diputado Fraga Iribame defendía un reconocimiento amplio de las instituciones de democracia semidirecta, sustentando su postura con argumentos como el siguiente: ‘Entiendo que el tema de la democracia semidirecta y directa es un tema capital en el equilibrio de la verdadera democracia. Pertenezco a un partido populista que no acepta el desprecio a la plebe, que implica el desprecio de los plebiscitos”.
Su conclusión es contundente. “Hubiera sido más deseable que la Constitución no hubiera atribuido al presidente del Gobierno la iniciativa para convocar la consulta popular y como mal menor que hubiese exigido una mayoría” En su opinión, “dado que el texto constitucional permite someter a referéndum cualquier decisión política de especial trascendencia, lo que por otra parte no deja de ser un concepto jurídico indeterminado, y dado que el resultado del referéndum no tiene (al menos teóricamente) efectos jurídicos, nos podríamos encontrar con supuestos de consultas populares en los que se sometiese al dictamen de los ciudadanos cuestiones que por su propia naturaleza pudieran producir determinados efectos políticos que abrieran caminos a posibles violaciones del orden constitucional”.

“Racionalizar, reitera Zapatero, es reducir a normas razonables la realidad”, y por ello esgrime que la realidad y la razón obligan a considerar una consulta popular como decisoria. “La práctica ha demostrado, sostiene, que llamar a un referéndum ‘consultivo’ es un cauce a una posible crisis constitucional que se produciría, sin duda, si algún poder público actuase en contra de un pronunciamiento popular”.

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